Se comete el delito de Robo con Intimidación cuando se amenaza a una persona para hacer que se entreguen o manifiesten las cosas, para impedir la resistencia u oposición a que se quiten, o cualquier otro acto que pueda intimidar o forzar a la manifestación o entrega de la cosa.
2. ¿En
que momento se debe producir la intimidación
para que se configure este ilícito?
Para que se configure el Robo con Intimidación es necesario que la amenaza se produzca antes de la apropiación de la cosa, para facilitar la ejecución del delito, en el acto de apropiación o después de ejecutada la apropiación para favorecer la impunidad del autor.
3. ¿Que
requisitos debe cumplir la amenaza para ser
considerada Intimidación?
La amenaza debe ser seria, es decir no debe ser producto de la imaginación o de otro hecho que pierda credibilidad. Además la amenaza debe provocar a la víctima un miedo real que importe un ataque a su vida, salud o integridad de él u otra persona que se encuentre al alcance del autor del Robo con Intimidación.
4. ¿Cómo
se sanciona el delito de Robo con Intimidación?
Las penas por el delito de Robo con Intimidación van desde los 5 años y 1 día a 20 años, cualquiera que sea el valor de las especies substraídas.
5. ¿En que casos se comete el delito de Robo con Violencia?
Se comete el delito de Robo con Violencia cuando se emplea sobre la víctima malos tratos de obra que importe una lesión efectiva y seria de la persona que está sufriendo el robo, para hacer que se manifiesten o entreguen las cosas o para impedir la resistencia de la víctima.
6. ¿Cómo
se sanciona el delito de Robo con Violencia?
Las penas por el delito de
Robo con Violencia son similares a las del
delito de Robo con Intimidación, es decir van
desde los 5 años y 1 día a 20 años.
7. ¿Que
ocurre en el caso en que se frustre el delito de
Robo con Violencia o Intimidación?
En este caso el delito de Robo con Violencia o Intimidación se sanciona igualmente como si se hubiese cometido, sin optar a las rebajas de penas que eventualmente les benefician a autores de otros delitos.
8. ¿Que ocurre si en el delito de Robo con Intimidación se hace uso de armas o sean portadores de ellas?
En este caso la pena será elevada en un grado, es decir, si por ejemplo un individuo es sorprendido cometiendo un delito de Robo con Violencia o Intimidación y si atendida algunas circunstancias merecería una pena de 5 años y 1 día, por el hecho de portar el arma la pena podría aumentarse a 10 años y un día.
9. ¿En
que casos se podría presumir que una persona es
autor de los delitos de Robo o Hurto?
El Código Penal Chileno
presume autor del robo o hurto de una cosa aquel
en cuyo poder se encuentre, salvo que justifique
su legítima adquisición o que su conducta
anterior establezca una presunción en contrario.
10. ¿Que ocurre en el caso que el delito de Robo o Hurto sea cometido por dos o más autores?
En este caso se considera una circunstancia agravante que podría significar que los autores no puedan acceder a posibles rebajas en sus condenas
11. ¿Cual
es la diferencia entre el Hurto y el Robo?
La diferencia por
excelencia entre el hurto y el robo, entendiendo
este último cuando procede la violencia o
intimidación, es básicamente que el hurto
consiste en apropiarse de una cosa sin la
voluntad de su dueño, sin existir un peligro
concreto en la salud o integridad física de la
víctima.
