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Pago de Pensión Alimenticia Para los Hijos
1. ¿En qué consiste la pensión de alimentos para los hijos?
2. ¿En qué casos se solicita pago de pensión de alimentos para un niño, niña o adolescente?
3. ¿Hasta qué edad se debe pagar pensión de alimentos a los hijos?
4. ¿Qué montos en dinero se pueden solicitar por pensión alimenticia?
5. ¿Se puede cobrar pensión alimenticia de manera retroactiva?
6. ¿En los juicios de alimentos qué tribunal es competente para conocer la causa?
7. ¿Qué tribunal es competente para conocer en los juicios de rebaja o aumento de alimentos?
8. ¿Puede la madre embarazada exigir al padre alimentos por el hijo que está por nacer?
9. ¿Qué debe hacer el demandado al cambiar de domicilio o trabajo?
10. ¿Qué son los alimentos provisorios?
11. ¿Cuál es el plazo para oponerse a los alimentos provisorios?
Para los efectos de acreditar el patrimonio del demandado, el juez de familia le ordenará al alimentante (demandado de alimentos) que acompañe a la audiencia preparatoria las liquidaciones de sueldo, copia de las declaración de impuesto a la renta del año precedente y de las boletas de honorarios emitidas durante el año en curso y demás antecedentes que sirvan para dicho fin. En el caso de no disponer de dichos documentos, servirá una declaración jurada que deje constancia del patrimonio y capacidad económica del demandante. Cualquier malversación de estos documentos será penada por la ley.
